- Mar Dic 07, 2004 12:22
#73962
La ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, dice en su artículo 1 lo siguiente:
El propietario no conductor responderá de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por el conductor......
Quiere esto decir, que como dejemos la moto a un amiguete o similar, asumimos un riesgo económico en caso de siniestro en caso de que la compañía de seguros posteriormente no se haga cargo del mencionado accidente, y teniendo en cuenta que cualquier tontería no va a bajar de los 6.000 €, dar por seguro que perdemos al amigo y el dinero.
No obstante como entre nosotros hay letrados (que yo no lo soy) pudiera ser interesante conocer su opinión
El propietario no conductor responderá de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por el conductor......
Quiere esto decir, que como dejemos la moto a un amiguete o similar, asumimos un riesgo económico en caso de siniestro en caso de que la compañía de seguros posteriormente no se haga cargo del mencionado accidente, y teniendo en cuenta que cualquier tontería no va a bajar de los 6.000 €, dar por seguro que perdemos al amigo y el dinero.
No obstante como entre nosotros hay letrados (que yo no lo soy) pudiera ser interesante conocer su opinión




